La CNMV se sube al caballo de la transformación digital y la innovación
Así lo contempla el Plan de Actividad de la CNMV para 2021 que, a juicio del profesor del CEF.- José María Alcañiz, presenta, en el apartado de mejoras en su funcionamiento, “una inquietud por la transformación digital, innovación, mejora de la competitividad, de la eficiencia, accesibilidad y transparencia”.
José María Alcañiz es profesor de Derecho Bancario del CEF.-
Respecto a los objetivos 2021 reflejados en el Plan de Actividad de la CNMV para 2021, al profesor Alcañiz los de este año le parecen “coherentes” con la función que por ley debe de desarrollar la CNMV “y en concreto me parecen adecuadas para el entorno actual de mercados y los nuevos retos ante los que empresas de servicios de inversión y clientes se encuentran”.
Así, en el apartado de mejoras en el funcionamiento de la CNMV, observa una “inquietud” por la transformación digital, innovación, mejora de la competitividad, de la eficiencia, accesibilidad y transparencia.
Además, añade, en el apartado de supervisión de mercados, se refleja la inquietud por el gobierno corporativo, análisis de información financiera, ciberseguridad, ajustes de márgenes, y reporte de datos, resolución de entidades de contrapartida central y tasas libres de riesgo.
El plan contempla, además, un apartado de publicación de guías técnicas de la que Alcañiz destaca aquellas referentes a los criterios de autorización a empresas de terceros países para prestar servicios de inversión a clientes profesionales en España sin sucursal, gestión y control de la liquidez de las IIC, implicación a largo plazo de los accionistas, evaluación de la conveniencia, solvencia de empresas de servicios de inversión, normativa de plataformas de financiación participativa y supervisión de intermediarios financieros. Adicionalmente, en las relaciones con inversores en cuanto a finanzas sostenibles y educación financiera, “y finalmente destacaría lo referente a los criptoactivos”.
A su juicio, de entre las medidas que prevé implementar la CNMV en su plan de este año, las más importantes serían aquellas referentes a los criterios para la autorización a empresas de terceros países para prestar servicios de inversión a clientes profesionales en España sin sucursal, y las referentes a la adaptación de la normativa de plataformas de financiación participativa.
La razón, explica, “es la proliferación en los últimos años de este tipo de empresas de terceros países, que prestan servicios de inversión para profesionales. No obstante”, agrega, “solo podrían ser empresas de estados miembros de la UE en régimen de libre prestación de servicios en España, sin sede en nuestro país”.
“Dado que al tener los clientes profesionales menor régimen de protección que los clientes no profesionales, esta actividad referida no tiene actualmente mecanismos de supervisión y autorización tan exhaustivos. Es por ello por lo que son positivas estas medidas”, señala.
Igualmente, prosigue el profesor del CEF.-, en el caso de plataformas de financiación participativa o crowd lending, dada su creciente actividad, es, en su opinión, “igualmente positivo” que se establezcan medidas para supervisar su adaptación a la nueva normativa. “No olvidemos que el nuevo anteproyecto de ley de la ley de prevención de blanqueo de capitales prevé que estas plataformas sean sujeto obligado. Todo ello dentro de un marco de mayor control sobre la actividad de estas entidades.
La CNMV prevé en su Plan de Actividad para 2021 revisar si las Instituciones de Inversión Colectiva cumplen las normas y directrices europeas en materia de costes, comisiones e información a sus clientes. Sobre ello, José María Alcañiz indica que las IIC son vehículos regulados y con un régimen de “supervisión y control exhaustivo”, con sistemas de información a clientes desarrollados, “capaces de dar cumplida cuenta de los costes, comisiones e información relevante”.
“No creo que esta inquietud de la CNMV responda a un incumplimiento sistemático por parte de aquellas, sino a la tendencia de una más exhaustiva supervisión del cumplimiento normativo”, apunta.