Empleado público, una opción laboral estable
La Constitución española establece que los ciudadanos tienen el derecho de acceder a la función pública en condiciones de igualdad, de acuerdo con los principios de mérito, capacidad y publicidad. En base a estos preceptos, la Administración General del Estado convoca ofertas públicas de empleo todos los años que recogen las plazas necesarias para garantizar la atención a la ciudadanía, la cohesión social y territorial y la prestación de unos servicios públicos de calidad.
Redacción CEF.- Media/Gobierno de España
Para acceder a un puesto como empleado público el interesado debe cumplir los requisitos exigidos en cada convocatoria, presentar dentro del plazo la solicitud, pagar las tasas de examen correspondiente, salvo exenciones: personas con discapacidad superior al 33%, demandantes de empleo, familias numerosas o víctimas del terrorismo y, por supuesto, superar las pruebas selectivas
Las convocatorias de empleo público se publican en el Boletín Oficial del Estado, en las páginas web de los organismos convocantes y en la web administración.gob.es. Además, el Gobierno elabora un boletín semanal de empleo público y de pruebas de capacitación profesional con las convocatorias vigentes, que se puede consultar clicando en este enlace.
Para presentar la solicitud y en qué plazo, como ya se ha apuntado hay información acerca de las convocatorias de acceso al empleo público de la Administración General del Estado y su seguimiento en las páginas web de los organismos convocantes, así como en el Portal de Acceso General.
Las solicitudes se presentan preferentemente por vía electrónica a través del servicio de Inscripción de Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General, siendo necesario identificarse y firmar mediante la plataforma Cl@ve. El interesado podrá presentar el modelo de solicitud, anexar documentos, pagar las tasas de examen y registrarlo electrónicamente.
Las solicitudes en soporte papel se efectuarán mediante cumplimentación electrónica de la instancia en el modelo oficial y su posterior presentación en el Registro General del convocante o en las oficinas de asistencia en materia de registros.
El plazo de presentación de la solicitud será de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En este punto, surge la pregunta sobre cómo son los procesos selectivos. El acceso al empleo público se realiza por oposición o por concurso-oposición. La oposición consiste en superar uno o varios exámenes o pruebas eliminatorias, según se establezca en la convocatoria. En el concurso-oposición, el aspirante, además de superar la oposición, tendrá que participar en una fase de concurso en la que se valoran sus méritos: académicos, experiencia profesional y antigüedad en la administración, si ya se ha trabajado en ella.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso no pueden utilizarse para superar las pruebas que componen la oposición y solo ayudan a determinar la nota final.
Por otra parte, la promoción interna consiste en el ascenso de un funcionario de carrera de un cuerpo o escala de un subgrupo de clasificación profesional a otro cuerpo o escala del subgrupo superior, o, en el caso del personal laboral fijo, el ascenso a una categoría profesional superior. Para ello se debe presentar la instancia correspondiente para participar en el proceso y superar las pruebas selectivas.
En cuando al turno de acceso de personas con discapacidad, las convocatorias de las pruebas selectivas reservan un siete por ciento de las plazas para personas con discapacidad que superen el proceso selectivo y acrediten que su discapacidad es compatible con el desempeño de las tareas requeridas. De ese siete por ciento, el dos por ciento se reserva para personas con discapacidad intelectual y el cinco por ciento restante para personas que acrediten otro tipo de discapacidad.
Tipo de empleado público
Con carácter general, se accede al empleo público como funcionario de carrera o personal laboral fijo, en función del tipo de tareas que serán desempeñadas y de la norma que los regula. En cada convocatoria se detalla el tipo de empleado y sus condiciones.
Para que quede claro del todo, funcionarios de carrera son aquellas personas que, tras superar un proceso selectivo, disponen de un nombramiento legal en el que se reconoce su vinculación a una Administración Pública en la que desempeñan servicios profesionales retribuidos de carácter permanente, que implican la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia del interés general. Mantienen una relación estatutaria con la Administración regulada por el derecho administrativo.
Por su parte, personal laboral fijo son aquellas personas que, después de superar un proceso selectivo, en virtud de un contrato de trabajo, prestan servicios retribuidos en una Administración Pública. El personal laboral se regula mediante la legislación laboral, es decir, por el Estatuto de los Trabajadores y por los convenios colectivos que se le apliquen en función de su contrato.
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