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Oposiciones a Subgrupo C1: Tramitación Procesal y Administrativa (Promoción Interna)
Descripción y requisitos
La Ley Orgánica 19/2003 que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.
Los Cuerpos Generales se clasifican en:
- Gestión procesal y administrativa. La titulación exigida para el acceso es ser titulado en Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
- Tramitación Procesal y Administrativa. La titulación exigida para el acceso es el Título de Bachiller o equivalente.
- Auxilio Judicial. La titulación exigida para el acceso es el Título de Graduado en E.S.O. o equivalente.
Corresponde al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, colaborar en la actividad procesal de nivel superior, así como la realización de tareas procesales propias.
La forma de acceso se realizará bien mediante turno libre, bien a través de promoción interna mediante concurso-oposición.
Para promoción interna, además de la titulación requerida, deben tener una antigüedad de al menos 2 años de servicios prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo C2.
Las pruebas selectivas se convocan con periodicidad anual e incluyen las plazas que hayan sido autorizadas en la Oferta de Empleo que elabora el Ministerio de Política Territorial y Función Pública y se publica en el Boletín Oficial del Estado en los primeros meses de cada año natural.
En todas las convocatorias se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas con personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones.
El contenido del temario así como las pruebas a realizar son únicos en todo el territorio del estado, aunque las plazas ubicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos se ofertarán por el ámbito territorial de la comunidad autónoma de que se trate, y en caso de quedar vacantes no podrán acumularse a otro ámbito territorial diferente.
La Ley Orgánica 19/2003 que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.
Los Cuerpos Generales se clasifican en:
- Gestión procesal y administrativa. La titulación exigida para el acceso es ser titulado en Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
- Tramitación Procesal y Administrativa. La titulación exigida para el acceso es el Título de Bachiller o equivalente.
- Auxilio Judicial. La titulación exigida para el acceso es el Título de Graduado en E.S.O. o equivalente.
Corresponde al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, colaborar en la actividad procesal de nivel superior, así como la realización de tareas procesales propias.
La forma de acceso se realizará bien mediante turno libre, bien a través de promoción interna mediante concurso-oposición.
Para promoción interna, además de la titulación requerida, deben tener una antigüedad de al menos 2 años de servicios prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo C2.
Las pruebas selectivas se convocan con periodicidad anual e incluyen las plazas que hayan sido autorizadas en la Oferta de Empleo que elabora el Ministerio de Política Territorial y Función Pública y se publica en el Boletín Oficial del Estado en los primeros meses de cada año natural.
En todas las convocatorias se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas con personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones.
El contenido del temario así como las pruebas a realizar son únicos en todo el territorio del estado, aunque las plazas ubicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos se ofertarán por el ámbito territorial de la comunidad autónoma de que se trate, y en caso de quedar vacantes no podrán acumularse a otro ámbito territorial diferente.